Construir Desde la Niñez-Junio. .
A. Periodico Virtual-Punto de Vista -Junio 5-12-2018.
“Construir Desde la Niñez”.
Autor: Guillermo Cañas
Capitulo Tercero.
¿Qué Ha Hecho el Estado Colombiano?
Con la Constituyente del 91, el Artículo 44, emana
Que Son derechos fundamentales de los niños:
Que Son derechos fundamentales de los niños:
La Vida, la Integridad Física, la Salud Y la seguridad Social, la Alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia Y no ser separados de ella.
El Cuidado Y el amor, la educación Y la cultura, la recreación Y la libre expresión de su opinión.
Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos.
Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.
La familia, la sociedad Y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos.
Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento Y la sanción de los infractores.
Los Derechos de los niños Prevalecen sobre los Derechos de los Otros.
Sin embargo, Nada de esto, Se Cumple, Y Cada Nuevo día, en Colombia, Se Conocen Casos Aberrantes de Violaciones Sexuales Y Homicidios Criminales Contra la Integridad de los Niños.
Y Mientras Tanto, Senadores(a) Políticos, Continúan Utilizando Su Tragedia, Recojiendo Firma Y Haciendo Politiquería, Para llegar al Poder Y Montarse en las Curules del Senado Para lucrarse economicamente.
Incluso, Artistas Nacionales, Han Tomado, Como Bandera, Su Causa Y la Causa del Conflicto, Para, Ganar Fama Y Gloria, Con el Dolor ajeno.
En Colombia se Cumple, Aquel Refrán Popular, Que Dice: “Que el Mal de Muchos, es la Felicidad de unos Pocos”.
Porque mientras mucha Gente llora Y Sufre las Consecuencias de la Injusticia Social.
Otros se Benefician de sus Desgracias a Través de Falsos Programas, manejados Por Instituciones Y ONG Donde Se lucran, Abierta Y económicamente.
Todo, esto, Ocurre, Cuando el Estado, No Crea, Ni Ofrece, las Condiciones O las Alternativas Sociales, Para Que los Niños Colombianos, Vivan Dignamente, Y Tengan Derechos a la Vida, a la Educación, a la Salud, a la Recreación etc, etc.
Niños Colombianos Afectados.
¿Quiénes Han Sido los más Afectados, Durante el Conflicto Armado de Colombia?
¿Quiénes Han Sido los más Afectados, Durante el Conflicto Armado de Colombia?
Indudablemente, los Niños Colombianos Son Tal Vez el Grupo Más
Gravemente Afectado Por el Conflicto Interno Armado Y Constituye el Segmento
más Grande de las Personas Desplazadas Internamente: Cerca del 45% de los
Desplazados en Colombia, Tiene Menos de 14 años.
Según el Fondo de las Naciones Unidas, Para la
Niñez, (UNICEF) Más de Un Millón de Niños,
Han Sido Desplazadas de sus Casas en Colombia en los Últimos 15 años.
Otros Cálculos, Sitúan, la Cifra más Cercana a
los Dos Millones.
A Todo esto, Hay Que Sumarle, la Discriminación
Racial, Que Adquiere el Desplazamiento Forzado, Sobre los jóvenes
Afrocolombianos.
Quienes Por Ejemplo, aunque Son, Menos del 11%
de la Población Total, Suman Cerca del 25% de las Comunidades
Desplazadas, luego de Haber Sido Obligado a Huir a las Principales Ciudades.
Desde 1.985 Habían Sido Desplazados Por el
Conflicto Armado, más de un Millón 750.000 Menores, Para los Cuales a muchos
de ellos, Se les Destruyeron Sus Sueños, Sus Proyectos de Vidas, Sus
Derechos a Vivir en Familia a la Salud a la Educación etc.
Entre 1.997 Y 2002 Se estima Que Un Millón de
Niños Colombianos, Sufrieron el Desplazamiento Forzado.
De Acuerdo Con el Informe del COHRE en
Mayo de 2005: el 70% de los Niños Desplazados en Colombia Habían Perdido Sus
Casas Y Sus Tierras.
COHRE le exigía al Gobierno de ese entonces
(Uribe) el Cumplimiento del Deber Para Con las Obligaciones del Derecho a la
Vivienda, De Conformidad Con el Derecho Internacional de los Derechos
Humanos.
Y Señaló a Colombia Como el Primer
País Violador, al Derecho a la Vivienda, Por Su Incapacidad, Para Mitigar la
Crisis General de este Derecho.
Derecho, Que Según el Pacto
Internacional, De Derechos Económicos, Sociales Y Culturales, el Gobierno de
Colombia Tiene la Obligación de Darle Prioridad a Aquellos Grupos Sociales Que
Viven en Condiciones Desfavorables.
Y También de Proteger del Desplazamiento
Forzado a las Personas Bajo su JURISDICCIÓN, Tanto Frente a Actores del Estado,
Como No estatales.
COHRE: Centro de Protección Y
Promoción Para la Vivienda Frente al Despojo Y al Desplazamiento, Reitera,
Que las Autoridades Competentes en Colombia Tienen el Deber Y la
Responsabilidad de Ayudar al Regreso O al Reasentamiento de las Personas
Desplazadas Internamente.
Para Que estas Personas Recobren en la Medida
en Que Sea Posible el Patrimonio Y las Posesiones Que Dejaron Tras de Sí.
O de las Que Dejaron Desposeídas, Cuando Fueron
Desplazados.
Sí la Recuperación de esas Propiedades Y
Posesiones, No es Posible, las Autoridades Competentes Deberán Proporcionar
a estas Personas a Que Obtengan una Indemnización Apropiada O Cualquier
Otra Forma de Reparación Justa.
Las Naciones
Unidas, en el mundo, También legislan sobre el Derecho a la
Vivienda Que Deben Tener Todos los Desplazados Y los Refugiados Que Han Sufrido
Despojo Y Desplazamiento Interno.
El Desalojo Forzoso es la
expulsión Permanente O Temporal Contra la Voluntad del Individuo, de las
Familias O Comunidades a Vivir Dentro de Su Vivienda Y Ser lanzado a la Calle,
Intempestivamente, Sin Ninguna Justificación.
La Practica del Desalojo Forzado, Constituye
Una Violación Gravísima a los Derechos Humanos.
En Colombia el 24% de la Población Que Vive
bajo la línea de la Pobreza Tiene Menos de 10 años Y Casi el 14%de los Niños
Menores de Cinco años Sufren de Malnutrición Crónica.
Estos Problemas Se Hacen Todavía más Agudo
Durante el Desplazamiento.
Además de Padecer Pobreza Crónica, los Niños
Desplazados Sufren a Menudo Traumas Psicológicos, Debido a la Violencia Y el
Desplazamiento.
Con Frecuencia Son Testigos de Actos Horribles
de Violencia, la misma Violencia Que Conduce al Desplazamiento de sus Familias
Y Comunidades.
Con Asiduidad, las Victimas de la Violencia Son
los Propios Niños.
Los Niños Desplazados Son Particularmente
Vulnerable a los Malos Tratos, la explotación Sexual Y el Reclutamiento Forzoso
Por los Grupos Armados.
Además, los Niños Desplazados Pierden la
estabilidad de un Hogar Para Vivir Y la Perdida de sus Casas a Menudo Conlleva
Otras Perdidas, Cómo el acceso a la Educación el Cuidado médico Y una Comida
Adecuada.
Violencia Sexual, Contra Niñas Y
Mujeres Colombianas, No Será Objeto de Amnistía.
Así mismo, en Relación, con
el Conflicto Armado, Se Ha Tratado, el Tema de la Violencia Sexual,
Contra la Mujer en Medio de la Guerra, Cómo Un Fenómeno Extendido Y
Sistemático, Que Ha Su Vez, Genera Discriminación.
Y la Violencia de Genero en
Procedimientos Surtidos Por la Fuerza Pública.
En Efecto, la Justicia de Genero,
es un elemento de Derecho a la Igualdad, Previsto, Tanto en la Constitución,
Cómo en los Tratados Internacionales, Sobre Derechos Humanos, Rectificados, Por
Colombia.
En
Virtud, del Cual, es Necesario, Garantizar, los Derechos de Todos los
Ciudadanos, Sin Distinción de Sexo, Orientación Sexual identidad de Género.
El Conflicto Armado, Ha Causado
Grandes traumas Psicológicos, Violentados, Contra la Mujer Colombiana.
Son Cientos de Miles de Mujeres
Colombianas, la Mayoría Provenientes de Áreas Rurales, Que Ha Sido Violentadas
Y Obligadas Forzosamente a Dejar Una existencia estable Y Tranquila.
Y luego arrojadas al Vacío, a Vivir
en Circunstancias de Desesperación extrema.
Según Datos Y estadísticas del
Informe de la Comisión de Mujeres.
"Para
Mujeres Y Niñas Que Han Sufrido la Violencia de Genero, Por Actores del
Conflicto Y También Por miembros de sus Propias Comunidades".
No a los Feminicidios, Ni a la Violencia Intrafamiliar.
La Mujer Colombiana, Tiene Que estar en un Pedestal de Absoluto Respeto.
Ya Que todos somos Hijos de una Mujer.
Somos nietos, somos Hermanos, somos Padres.
La Mujer es el único ser, Que puede hacer posible, el milagro de la vida.
De mantener viva la supervivencia de la especie.
De mantener viva la supervivencia de la especie.
Ese solo hecho, es suficiente para mantener a la mujer en un lugar sacrosanto, de la No Violencia, del Amor, de la Felicidad Y de la atención sin medida por parte del Hombre.
Para Cuidarla Y Protegerla Y También Para Adoptar Medidas Jurídicas, Políticas Publicas Y Practicas Encaminadas a Superar las Causas estructurales de Exclusión de Grupos Sociales, Históricamente Discriminados.
Así los llamados Feminicidios, la Discriminación en el Ámbito laboral O la Violencia Intrafamiliar, Por Mencionar, algunas de las Formas Típicas, Que Reviste la Violencia de Genero.
Que Afectan, No Solo, a la Víctimas, Directas del Delito, Sino También, a Quienes la Rodean, en sus Ámbitos Familiares, Residenciales, laborales Y Comunitarios, entre Otros.
Un Cambio de mentalidad, en ese Sentido de Entender la Justicia de Genero, Como un Derecho Humano de Todos.
Así el llamado Derecho a la No Repetición, Con Orígenes, en el Derecho Internacional, de los Derechos Humanos Y en el Discurso Jurídico Impone Obligaciones a Todo el Estado e Incluso a los Particulares.
Totalmente Indefensos..
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